Para brindar protección a la población, territorio Nacional, bienes y a las actividades que se desarrollan dentro de las fronteras Nacionales y concurrír a apoyar la gestión de la política exterior del país, el Estado Peruano cuenta con medios de la Defensa Nacional, en este contexto, las Fuerzas Armadas son parte del componente Militar y constituye el soporte del Poder Defensivo del Perú.
Un elemento esencial en la Defensa Nacional es la Reserva Aérea, definida como "Un conjunto de personas integrantes del Potencial Humano del País, que se requieren para completar los cuadros de requerimiento de personal en cumplimiento a los planes de operaciones y/o en casos de desastres naturales".
DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA LA LEY Nº 29248, LEY DEL SERVICIO MILITAR
Artículo 77º.- De las Infracciones
Cometen infracción a la presente Ley:
5. Los reservistas que no asisten a los llamamientos de instrucción y entrenamiento.
Artículo 78º.- De las Sanciones
2. Los que incurren en las causales señaladas en los numerales 4) y 5) son sancionados con multa equivalente al diez por ciento (10%) de la Unidad Impositiva Tributaria, vigente a la fecha en la que se hace efectivo el pago.